Atender con igual dedicación a todas aquellas personas que requieran de sus servicios, no permitiendo que intereses o prejuicios externos afecten sus decisiones profesionales.
Atender a su cliente mientras sea necesario, o de acuerdo al convenio previamente establecido.
Constituye un deber del psicólogo/a que perdura en forma indefinida y que alcanza incluso el nombre del paciente o cliente. El secreto profesional es un derecho del paciente o cliente establecido en su beneficio.
Los antecedentes del paciente constituye un deber para el psicólogo en cuanto deberá preocuparse de manejarlos mediante procedimientos y métodos que los resguarden del conocimiento de personas no autorizadas.
Relacionarse con su cliente en un estricto marco profesional, proporcionándole una atención oportuna y eficiente.
Respetar el derecho del usuario a ser informado plenamente en todo lo relativo a la prestación: características de la misma, apreciación inicial, alcances y limitaciones, resultados o consecuencias posibles.